Accesibilidad

Balizas
Modo noche
Navegación sencilla
Navegación virtual
Navegación 1 botón
Ayuntamiento y AEAT colaborarán para recaudar por la vía ejecutiva las deudas de personas físicas o jurídicas que se encuentren fuera del término municipal
13 de Junio, 2016

El Ayuntamiento de Palencia y la Agencia Tributaria -AEAT- suscribirán un convenio de colaboración mediante el cuál la institución podrá reclamar, en primer término, y recaudar por la vía ejecutiva, en segundo, las deudas contraídas con la hacienda municipal de aquellas personas físicas o jurídicas que se encuentren fuera del término capitalino.

Con este acuerdo se cierra de forma definitiva el proceso que se inició en el año 2003 con la firma de los convenios de colaboraciónsuscritos entre la AEAT y la Federación Española de Municipios y Provincias -FEMP-, y al que el Consistorio se sumó en 2005 tan sólo en el relativo al suministro de información de carácter tributario a las Entidades Locales quedando pendiente el que se ha dictaminado favorablemente por unanimidad en la Comisión de Hacienda celebrada hoy, y que se aprobará de forma definitiva en la próxima sesión plenaria.

En el momento actual, tanto por el desarrollo de la aplicación informática como por la organización del Servicio de Recaudación, es posible utilizar este útil procedimiento que se pone a disposición del Ayuntamiento para mejorar el proceso de recaudación, en algunos casos para lograr la recaudación de deudas que de otro modo no sería posible, ya que el artículo 12 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, de 2 de abril de 1985, dispone que el término municipal es el ámbito en el que el Ayuntamiento ejerce sus competencias, por lo que no puede realizar embargos fuera de su término municipal. Finalmente cabe señalar que el acuerdo regula el sistema y requisitos de adhesión, y recoge un procedimiento muy elaborado y preciso de la actividad recaudatoria así como de las relaciones entre las Entidades Locales y la AEAT siempre a base de intercambio de ficheros, relacionando de forma concreta las competencias que corresponden a cada una de las partes.

En el momento actual, tanto por el desarrollo de la aplicación informática como por la organización del Servicio de Recaudación, es posible utilizar este útil procedimiento que se pone a disposición del Ayuntamiento para mejorar el proceso de recaudación, en algunos casos para lograr la recaudación de deudas que de otro modo no sería posible, ya que el artículo 12 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, de 2 de abril de 1985, dispone que el término municipal es el ámbito en el que el Ayuntamiento ejerce sus competencias, por lo que no puede realizar embargos fuera de su término municipal.

Finalmente cabe señalar que el acuerdo regula el sistema y requisitos de adhesión, y recoge un procedimiento muy elaborado y preciso de la actividad recaudatoria así como de las relaciones entre las Entidades Locales y la AEAT siempre a base de intercambio de ficheros, relacionando de forma concreta las competencias que corresponden a cada una de las partes.

Tu Ayuntamiento en las Redes

instagraminstagramrrss youtube-rrssyoutube