El Equipo de Gobierno promueve, de acuerdo con los técnicos municipales del área de Hacienda, un paquete extraordinario de medidas económicas y fiscales para permitir que ciudadanos y empresas dispongan de mayor liquidez y, de este modo, paliar las consecuencias derivadas del Estado de Alarma por el COVID-19, “que ha obligado a muchos palentinos a parar su actividad profesional, especialmente después de la entrada en vigor del Real Decreto del domingo pasado que restringe mucho más los ámbitos considerados esenciales”, indicó el concejal responsable del departamento, Luis Miguel Cárcel.
Estas se centran principalmente en la ampliación de plazos en impuestos y tasas tanto en pago voluntario como en la fecha de cargo a los domiciliados, de los fraccionamientos y aplazamientos y de los procedimientos sancionadores y de embargo, así como la suspensión del cobro de los servicios que no se pueden prestar, “entre los que se encuentran las Escuelas Infantiles, la Ocupación de Vía Pública (OVP), los cursos y usos de instalaciones deportivas o los eventos culturales”, explicó Cárcel, de los cuáles “se tramitarán expedientes de devolución en el caso de darse el caso de existir importes pagados, siempre que proceda según lo dispuesto en su Ordenanza Fiscal”, aclaró el edil.
Más en concreto, se modifican los plazos en los plazos de pago en periodo voluntario del Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) al 30 de mayo, las tasas por abastecimiento de agua, alcantarillado, depuración, basuras y tratamiento de residuos, al 24 de abril, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) al 30 de septiembre y el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) al 1 de diciembre.
Asimismo sufren variaciones las fechas de cargo en el caso de tener los diferentes recibos domiciliados. En el caso del IVTM o ‘rodaje’ esta será el 1 de abril, en el del IBI o ‘contribución’, el primer recibo, correspondiente al 60% del total, se pasará el 1 de julio, y el segundo, con el 40% restante, el 1 de octubre. Y en lo que respecta al IAE, esa fecha queda fijada para el 2 de noviembre.
Los vencimientos de los fraccionamientos de pago de fecha 6 y 20 de abril se aplazan hasta el 5 y el 20 de mayo. Las liquidaciones en períodos voluntario se aplazan al 20, 30 de abril y 20 de mayo en función de las fechas límite de los documentos ya cursados (20 de abril; 20 de marzo y 5 de abril; 18 de marzo, respectivamente) y las deudas tributarias en período ejecutivo también prorrogan sus plazos hasta el 30 de abril si la notificación se practicó antes del 17 de marzo, y hasta el 20 de mayo, si esta se realizó a partir del 18 de marzo.
El periodo comprendido desde el 18 de marzo hasta el 30 de abril no computará a efectos de duración máxima de los procedimientos de aplicación de tributos, sancionadores y de revisión tramitados por el Ayuntamiento, “si bien durante dicho periodo se podrá impulsar, ordenar y realizar los trámites imprescindibles”, aclaró Luis Miguel Cárcel.
En lo que se respecta a las tasas por la prestación de los servicios de recogida de basuras y tratamiento selectivo de residuos sólidos urbanos correspondientes al primer trimestre del ejercicio, se reduce la cuota a aplicar en concepto de ambos tributos a los titulares de actividades empresariales que se han visto obligadas a dejar de prestar sus servicios, y se requerirá a la empresa concesionaria del servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable, la modificación del plazo de cobro en voluntaria de las tasas por la prestación de dicho servicio, además del de alcantarillado, depuración, recogida de basuras y tratamiento selectivo de residuos sólidos urbanos, cuya finalización estaba inicialmente prevista para el 24 de marzo de 2020, extendiéndose hasta el 24 de abril, “además de recordarle la prohibición de llevar a cabo los cortes del suministro”, aseveró el concejal.
Igualmente se suspenderán los procedimientos de embargo, manteniéndose los importes retenidos con anterioridad al estado de alarma, salvo que proceda el levantamiento, y no iniciándose nuevos, se concederán aplazamientos o fraccionamientos, dentro del ejercicio en curso, en deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva sin aportar garantía ni y no se generarán intereses de demora de la deuda que se encuentre en periodo ejecutivo.
“Los acuerdos que se adopten, dada la urgente necesidad de parar los efectos de la crisis se basarán en Resoluciones de Alcaldía de las que se darán cuenta al Pleno para ser ratificados, y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincial para general conocimiento”, apuntó el concejal de Hacienda, quien, para concluir, agregó que, “es probable que sigan publicándose más cambios normativos y que el escenario cambie día a día, por lo que estas medidas se irán adaptando o añadiendo otras en siempre que se consideren necesarias, como por ejemplo ayudas de acción directa a familias, empresas y autónomos afectados por el COVID-19”.