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Nombre del trámite/servicio
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
Descripción del trámite/servicio

Impuesto que grava el incremento de valor que experimenten los terrenos de naturaleza urbana manifestado a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los mismos por cualquier título o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce limitativo del dominio sobre los bienes mencionados.

Área del trámite/servicio

Gestión de Ingresos

Tipo de presentación del trámite/servicio

Presencial y Telemática

Lugar y horario de presentación del trámite/servicio

Lugar y Horario:  

  1. A través de la Sede electrónica del Ayuntamiento. https://sede.aytopalencia.es

      2.  De forma presencial en la Oficina de Registro del Ayuntamiento, sito en la C/ Mayor Principal 7 - Planta baja

        3. Por correo Postal.

        4. En las oficinas de correos, a través de ORVE

        5. En aquellas Administraciones Públicas (Ayuntamientos, diputaciones, comunidades autónomas, delegaciones o subdelegaciones del gobierno,etc) que estén dotados de registro electrónico (Ventanilla única)

        6. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

        7. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Documentación a presentar

- Declaración del impuesto, mediante presentación de instancia general.

- Documento en el que consten los actos o contratos de transmisión del bien inmueble objeto de gravamen (Copia simple de la Escritura o documento de transmisión del bien).

- En su caso, y a fin de poder aplicar la opción más favorable para el contribuyente, documento en el que consten los actos o contratos de adquisición del bien inmueble objeto de gravamen (Copia simple de la Escritura o documento de transmisión del bien.

Plazos de presentación

a) Cuando se trate de actos inter vivos, 30 días hábiles.
b) Cuando se trate de actos por causa de muerte, el plazo será de seis meses prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo.

En este caso, los sujetos pasivos podrán solicitar del Ayuntamiento una prórroga de hasta seis meses que se entenderá otorgada si no se dicta resolución expresa en el plazo de un mes desde la presentanción de la solicitud. La prórroga sólo podrá otorgarse si se solicita dentro del plazo de seis meses desde el fallecimiento del causante y llevará aparejada la exacción de interés de demora.

Normativa asociada/Legislación aplicable
Formularios del trámite/servicio
Notas del trámite/servicio

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