Datos Específicos
Del acta del matrimonio se entrega una copia a los recién casados, que posteriormente presentarán en el Registro civil para retirar el libro de familia.
Requisitos: Instrucción del expediente por el Juez encargado del Registro Civil (Juzgado de Primera Instancia nº 4 en Plaza de los Juzgados, s/n) que remitirá al Ayuntamiento los datos que deban figurar en la inscripción del matrimonio.
La cuantía de la tasa vendrá determinada por aplicación de las siguientes tarifas:
EMPADRONADOS | |
Celebración matrimonial de lunes a viernes a las 11:00 horas | 30,00 € |
Celebración matrimonial en sábado, a las 13:00 horas o a las 13:45 horas | 100,00 € |
Celebración matrimonial en sábado, a las 18:00 horas o a las 18:45 horas | 100,00 € |
NO EMPADRONADOS (ninguno de los contrayentes en 6 meses anteriores a la solicitud) | |
Celebración matrimonial de lunes a viernes a las 11:00 horas | 50,00 € |
Celebración matrimonial en sábado, a las 13:00 horas o a las 13:45 horas | 200,00 € |
Celebración matrimonial en sábado, a las 18:00 horas o a las 18:45 horas | 200,00€ |
Protocolo
Presencial
Departamento de Protocolo del Ayuntamiento. Plaza Mayor, s/n Horario: de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas
- Fotocopia del DNI de los novios y de los dos testigos.
- Justificante que acredite que el expediente se está tramitando en el juzgado.
- Justificante de haber abonado la correspondiente tasa (Autoliquidación)
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Ley 35/94 de modificación del Código civil en materia de autorización del matrimonio civil por los Alcaldes (BOE 24/12/94).
Instrucción de 26/01/95 sobre autorización de matrimonio civil por los alcaldes.
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La información solicitada tendrá exclusivamente carácter ilustrativo y no originará derechos ni expectativas de derechos.