Con carácter previo al inicio de una actividad sujeta a licencia ambiental, y una vez obtenida la licencia ambiental correspondiente, el titular deberá comunicar su puesta en marcha a este Ayuntamiento. A tal efecto, el titular de la actividad deberá presentar la documentación que se describe en este trámite, garantizando que la instalación se ajusta al proyecto aprobado, así como a las medidas correctoras adicionales impuestas, en su caso, en la licencia ambiental.
Las declaraciones responsables y las comunicaciones previas producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permitirán, con carácter general, el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de una actividad, desde el día de su presentación (motivo por el que no se notifica resolución "aprobatoria" por parte del Ayuntamiento), sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable o a una comunicación previa, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable o comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
Asimismo, la resolución de la Administración Pública que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un periodo de tiempo determinado, todo ello conforme a los términos establecidos en las normas sectoriales de aplicación.
Disciplina Urbanística
Presencial
En el Registro General del Ayuntamiento (calle Mayor Principal, 7) de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas o en cualquiera de los lugares previstos por la normativa vigente.
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Impreso normalizado de Declaración Responsable / Comunicación de Inicio de Actividad sujeta a Previa Licencia Ambiental, que puede recoger en el Departamento de Información y Atención al Ciudadano (calle Mayor Principal 7, planta baja) o descargar al final de esta página.
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Planos definitivos de la instalación suscritos por técnico competente.
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Certificado del técnico director de la ejecución del proyecto sobre la adecuación de la actividad y de las instalaciones al proyecto objeto de la licencia.
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Certificación emitida por un organismo de control ambiental acreditado, relativa al cumplimiento de los requisitos exigibles, siempre que técnicamente sea posible. En el caso de que dicha certificación, por razones técnicamente fundadas, no pueda ser emitida para la totalidad de las instalaciones con anterioridad al inicio de la actividad, el titular de la actividad deberá aportarla en el plazo menor posible considerando los condicionantes técnicos.
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Acreditación de las demás determinaciones administrativas contenidas en la licencia.
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Fotocopia del NIF / CIF del titular de la actividad.
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Cuando se trate de personas jurídicas: fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad.
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En el caso de actividades sujetas a la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León:
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Seguro de responsabilidad civil en la cuantía exigida en el artículo 6 de dicha Ley.
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Aforo máximo permitido.
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Fotocopia del contrato de arrendamiento o escritura de propiedad de la ubicación donde haya de ejercerse la actividad.
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Fotocopia del alta o variación en el Impuesto de Actividades Económicas para la ubicación donde haya de ejercerse la actividad.
De acuerdo con la normativa vigente, y en especial la ordenanza municipal de Transposición de la Directiva 2006/123/CE relativa a los Servicios en el Mercado Interior, el interesado podrá optar por no presentar los documentos que ya estén en poder de las Administraciones Públicas, para lo que deberá declarar en qué administración o institución pública consta el dato o la documentación original. En el caso de que tal administración sea distinta del Ayuntamiento de Palencia, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, deberá autorizar expresa e inequívocamente a este Ayuntamiento para la petición y obtención de dicha información.
Tras la obtención de la licencia ambiental y previo al inicio del ejercicio de la actividad.
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Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.
impreso_inicio_ambiental_dic2015.pdf ( 9.604,3 Kb)
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